Teoría de la traducción legal y de la traducción en general

¡Valóralo! 😊

Índice de Contenido

La necesidad de traductores legales competentes es mayor que nunca en esta era de la globalización. Esta puede ser la razón de que haya aumentado el interés por la traducción jurídica no solo entre los lingüistas sino también entre los abogados; entre estos últimos con mayor fuerza durante los últimos 10 años.

La traducción de textos legales tiene que estar orientada al receptor (o así debería ser), al igual que ocurre con otras áreas de la traducción. Investidos con la fuerza de la ley, una traducción certificada permite que el derecho sea efectivo en más de un idioma. La traducción de la legislación, los tratados y convenciones, las decisiones judiciales y los contratos estarán acreditados únicamente si están aprobados tal y como prescribe la ley.

De acuerdo con la teoría de los textos originales, todas las traducciones acreditadas deben permanecer intactas, del mismo modo que los textos originales. Por ende, no se trata de “simples traducciones” sino de originales e incluso no se les llama traducciones. Quizás es por esto por lo que, hasta ahora, los teóricos de la traducción obvian los textos paralelos, o solo los mencionan de pasada. Hoy la situación está cambiando.

El receptor en las teorías modernas de la traducción

Una de las principales funciones de los teóricos de la traducción es identificar criterios que ayuden a los traductores a diseñar la estrategia de traducción más adecuada. Por supuesto, esto presupone que el traductor tiene la autoridad de tomar estas decisiones.

Durante mucho tiempo el principal factor que determinaba la estrategia del traductor era el tipo de texto, lo que llevó a la creación de tipologías textuales, las primeras de las cuales se basaban en el tema. En 1971 Katherine Reiss contribuyó en gran medida a la teoría general de la traducción proponiendo una tipología textual que no solo tiene en cuenta el tema sino también la función de cada tipo de texto.

Este nuevo énfasis sobre la función dirigió la atención de los teóricos de la traducción hacia los aspectos más pragmáticos de los textos, lo que hizo que varios de ellos dieran la espalda a las teorías lingüísticas de la traducción. Cambiando el enfoque desde la transferencia interlingüística a la transferencia cultural, los estudiosos alemanes ahora consideran la traducción como un “suceso transcultural”.

El traductor es un productor de textos que crea uno nuevo basándose en los factores comunicativos de cada recepción dentro de cada situación quedando libres de su compromiso de reproducir tal cual el texto origen. En un principio se creía que la estrategia traductora estaba determinada principalmente por el tipo de audiencia hacia la que se dirige el texto de acogida, lo que lleva al “descubrimiento” de que un mismo texto puede tener varias traducciones en función de los distintos receptores. Posteriormente, el enfoque principal cambió desde la función comunicativa al propósito de la traducción.

La traducción jurídica y la estrategia traductora

En aras de preservar la literalidad de la ley, los traductores jurídicos se han visto tradicionalmente comprometidos por el principio de la fidelidad al texto origen. Como resultado, generalmente se aceptaba que la tarea del traductor era reproducir la forma y la sustancia del texto de origen de la forma más exacta posible.

Por ende, la traducción literal (cuanto más literal mejor) era la norma general en los textos jurídicos. No obstante, la cuestión de si las traducciones certificadas deben ser literales o no sigue siendo controvertida tal y como demuestra la práctica, la técnica traductora y su método cambian a menudo entre distintas jurisdicciones, incluso tratándose del mismo tipo de texto.

Comunicación plurilingüe en los mecanismos del derecho

La traducción es un acto de comunicación entre quien redactó el texto original y los receptores que acogen el mismo. Al igual que ocurre en la comunicación general, se entiende que existe una distinción dentro de la comunicación legal entre receptores directos o indirectos.

Los receptores indirectos de la legislación (nacional, internacional y de) son aquellas personas que se ven afectadas por dicho instrumento, incluyendo el público en general. Por otro lado, los receptores directos son los especialistas capacitados para interpretar y hacer cumplir dicho instrumento en concreto, es decir, los órganos a los que compete la aplicación de las leyes. Entre los grupos de receptores directos se incluye a aquellos que tienen la formación adecuada para administrar el derecho (funcionarios públicos dentro de las agencias del Gobierno y la Administración) y los responsables de la administración de la justicia, es decir, el Poder Judicial.

Ya que la mayoría de las disputas legales se dirimen en última instancia ante un tribunal se puede deducir que los primeros receptores de los textos legislativos son los jueces. Por ende, puede decirse que la comunicación dentro del proceso legislativo ocurre fundamentalmente entre dos grupos de especialistas: los legisladores, quienes redactan las leyes (políticos, personal cualificado para la redacción de leyes y legisladores) y los juristas que interpretan y aplican las leyes (los jueces y magistrados). En las jurisdicciones plurilingües hay un tercer grupo de participantes: traductores, revisores y coordinadores.

Tradicionalmente se considera que el traductor es el mediador entre quien redacta el texto original y los receptores del texto de acogida. De hecho, aún es así en las teorías de la traducción orientadas a la lingüística, en las que se considera que la traducción es un proceso de descodificación formado por dos o tres pasos. En la actualidad los teóricos que definen al traductor como un redactor independiente que redacta un nuevo texto en función de los criterios que determina el receptor de acogida rebaten la idea del traductor como mediador.

Es fundamental que los traductores jurídicos no actúen en solitario sino que se incorporen en cualquier medida al proceso comunicativo, o, dicho de otro modo: la traducción jurídica no puede ser un monólogo, ni un acto comunicativo de una sola vía.

Hoy todos los textos certificados de cualquier texto legal son igualmente auténticos. Esto implica que cara uno de estos textos auténticos se considera independiente en lo que respecta a la interpretación que haga el tribunal y que ninguno de los textos tomados de forma individual (incluido el original) puede prevalecer en caso de ambigüedad ni de diversidad textual entre las versiones de los distintos idiomas, y como documentos legales igualmente auténticos, los textos legales paralelos solo pueden ser efectivos si se garantiza la equidad ante la ley de todas las referencias con independencia del idioma del texto. Para garantizar el principio subyacente de igualdad de tratamiento la comunicación plurilingüe en derecho se basa en la presunción de que todos los textos auténticos de un instrumento legal tienen el mismo significado, efecto e intención.

Si bien la presunción de igualdad de significado está subordinada a la de igualdad de efecto, ambas están subordinadas a su vez a la presunción de igualdad de intención. Por ende, el traductor debe producir un texto que recoja la intención y que obtenga los efectos legales perseguidos en la práctica. En la jurisprudencia esto implica generalmente la intención de legislar (legislación), la intención de los Estados que son parte de los tratados, las convenciones, etc. Y el deseo de las partes del contrato (contrato).
Llegados a este punto se acepta que el traductor tiene que entender el texto origen, pero no debe interpretarlo en el sentido legal. Ante todo, el traductor tiene que evitar los juicios de valor (en la medida de lo posible). En este sentido, la opinión generalizada es que el trabajo del traductor es verter lo que “se dice” en el texto origen y no lo que “debería decir” según su criterio. En la actualidad se pone en entredicho este principio en aquellas jurisdicciones en las que el traductor tiene una mayor autoridad en la toma de decisiones. De forma parecida, el principio de fidelidad al texto origen está cediendo terreno al principio de fidelidad a un único instrumento.

Desde un punto de visto legal, se considera que todas las versiones auténticas de un instrumento legal concreto en cualquier idioma forman un único instrumento. Por ende, el trabajo del traductor es redactar un texto que respete la unidad de un único instrumento, es decir, su significado, efectos legales e intención.

Puesto que el éxito de una traducción certificada se mide por su interpretación y puesta en práctica puede decirse que una comunicación perfecta tiene lugar cuando los tribunales pueden interpretar todos los textos paralelos de un instrumento legal según la intención uniforme del instrumento legal. Por ende, se puede decir que el objetivo final de la traducción jurídica es generar textos paralelos que los tribunales puedan interpretar y aplicar de forma homogénea. A esto se le conoce como uniformidad en la interpretación y aplicación.

Tratados y convenciones internacionales

Los cambios en el proceso de comunicación y la naturaleza especial de los tratados y convenciones internacionales imponen más limitaciones a los traductores de instrumentos internacionales, exigiéndoles que extremen la cautela durante el proceso de toma de decisiones. Los tratados y convenciones que son textos consensuados dejan poco o ningún espacio a la creatividad del traductor, con independencia de la confidencialidad de la materia tratada. Uno de los mayores miedos de los abogados internacionales es que los traductores frustren la intención de las partes intentando aclarar cláusulas que intencionalmente son vagas, oscuras o incluso ambiguas.

El mensaje está claro: los traductores no deben correr el riesgo de romper el delicado equilibrio de intenciones de un instrumento intentando aclarar vaguedades, oscuridades ni ambigüedades. La tendencia actual de los traductores es intentar compensar las incongruencias de concepto utilizando paráfrasis descriptivas, definiciones e incluso préstamos para indicar la ley a partir de la que se interpretan los términos e instituciones nacionales. El uso de préstamos es especialmente eficaz en los textos paralelos de convenciones internacionales porque los tribunales nacionales no tienen otra opción que aplicar el concepto foráneo.

El control de los tribunales como último recurso

Sabiendo que el éxito o el fracaso de un instrumento internacional no depende enteramente de la capacidad del traductor de formular la intención uniforme con un lenguaje claro y exacto, los abogados han llegado a la conclusión de que la uniformidad real no se puede lograr simplemente acordando un mismo texto en varios idiomas.

Los abogados de internacional comenzaron a poner el foco en la necesidad de introducir controles judiciales parecidos a los que existen en la legislación municipal con el temor de que algunas decisiones que estén en conflicto o incluso lleguen a ser contradictorias frustren el propio objetivo de adoptar convenciones para la unificación de la ley. Destacan dos propuestas por encima de las demás:

1. El establecimiento de tribunales internacionales cuyas decisiones tengan la potestad de sentar precedentes ante los tribunales nacionales (como el Tribunal de Justicia Europeo), o
2. El establecimiento de un tribunal especializado con jurisdicción exclusiva para resolver las disputas que surjan a raíz de un tratado o una convención en concreto.

Se han obtenido progresos al establecer el Tribunal Internacional del Derecho del Mar y, en fechas más recientes, al emprenderse acciones para establecer un Tribunal Penal Internacional permanente. Aunque estos tribunales no tienen (ni tendrán) una jurisdicción exclusiva, es de esperar que en virtud de su autoridad sus sentencias sirvan de guía a los tribunales nacionales en asuntos relacionados con las materias de su competencia.

A la vista del enorme número de Estados que participan en el proceso comunicativo, existen muchas ventajas en el establecimiento de un tribunal especializado que resuelva disputas que surjan a raíz de los textos paralelos de los instrumentos internacionales, especialmente si los tribunales tienen asignada una jurisdicción exclusiva. Además, y lo que es más importante, se establece un control efectivo sobre el proceso de comunicación, porque un solo tribunal sería quien interpretaría y aplicaría todas las versiones en todos los idiomas de esos instrumentos.

Desde un punto de vista legal, esto permitiría que el tribunal desarrollara normas especiales de interpretación para determinar el significado común que “englobe” mejor todas las versiones en todos los idiomas respetando el objeto y el propósito de todos los instrumentos.

Finalmente, todo lo anterior fomentaría la interacción entre los traductores y los jueces. Dicha interacción es importante porque permite que los traductores puedan predecir con certeza cómo se van a interpretar sus palabras, y, por ende, les permite escoger una estrategia traductora óptima que esté coordinada con las normas de la interpretación.

El éxito de una traducción certificada depende de la habilidad que tenga el traductor para interactuar con el poder judicial. En lo referente a la teoría de la traducción, esta situación sería única, ya que los receptores de los textos originales y de acogida serían los mismos. Este proceso de comunicación único desafía las definiciones de traducción tradicionales y modernas, que dan por supuesto que una traducción nunca estará dirigida a los mismos receptores que el original.

 

¿Te ha gustado el artículo?
¡Deja tu comentario!

Iniciar chat
¿Necesitas ayuda?
👋 ¡Hola! Bienvenido/a a Traducciones Domínguez.

👩‍💼 Soy Paula Lara Domínguez, ¿en qué puedo ayudarte hoy? 🤔

¡No dudes en preguntarme cualquier cosa acerca de nuestros servicios de traducción! 🌍💬